Se parte de la base de que una economía competitiva exige administraciones públicas eficientes, transparentes y ágiles.
La reforma se articula en dos ejes:
-las relaciones << ad extra>> de las administraciones con los ciudadanos y
-las relaciones <<ad intra>> de las administración con el resto de administraciones e instituciones del Estado.
Para ello se impulsan dos nuevas leyes en las que se asentará el Derecho Administrativo Español:
-La Ley de Procedimiento Administrativo Común
-Y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
Constitucionalmente, la ley regula los derechos y garantías mínimos que corresponden a los ciudadanos respecto de la actividad administrativa, tanto en su vertiente del ejercicio de la potestad de autotutela, como potestad reglamentaria e iniciativa legislativa.
Y en lo que se refiere al procedimiento administrativo, con su regulación no se agotan las competencias estatales o autonómicas para establecer especialidades, sino que su carácter común resulta aplicable a todas las administraciones públicas y respecto de todas sus actuaciones.
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