Curso Online de Prevención del Acoso Laboral
Desde la entrada en vigor de la Ley de Igualdad 3/2007 y de su Real Decreto 901/2020, todas las empresas o autónomos empleadores, independientemente del número de trabajadores que tengan, han de disponer del obligatorio protocolo de acoso laboral.
Pero ¿qué es exactamente el protocolo de acoso laboral? Este protocolo es obligatorio para todas las empresas independientemente de su tamaño. Además, las empresas deben realizar acciones de formación y sensibilización a la plantilla.
Por lo tanto, el curso de prevención del acoso laboral es una formación obligatoria para todas las empresas y organizaciones con empleados a su cargo. Según se recoge en el artículo 48 de la Ley de Igualdad 3/2007 las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
Es necesario recordar que la protección en el ámbito laboral emana ya de la propia Constitución española. De hecho, la Constitución española reconoce como derechos fundamentales la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1), la igualdad y la no discriminación por razón de sexo en sentido amplio (art. 14), el derecho a la vida y a la integridad física y moral, así como a no ser sometidos a tratos degradantes (art. 15), el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (art. 18.1).
El artículo 35.1 CE incorpora a su vez, el derecho a la no discriminación por razón de sexo en el ámbito de las relaciones de trabajo.
También es relevante tener en cuenta que la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, tiene por objeto garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato y no discriminación, respetar la igual dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución.
La regulación en este ámbito de prevención del acoso laboral establece una serie de obligaciones para las empresas y las organizaciones:
- Todas las empresas (y no solo las obligadas a tener un plan de igualdad) deben promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
- Deben arbitrar procedimientos específicos para (a) la prevención del acoso laboral, (b) para dar cauce a las denuncias o reclamaciones de las personas trabajadoras que hayan sido objeto de esas conductas, (c) incluyendo las que se produzcan en el ámbito digital.
Para ello, las empresas podrán establecer diferentes medidas que se negociarán con los representantes de los trabajadores en la empresa, si los hay, como pueden ser:
- Códigos de buenas prácticas.
- Campañas informativas.
- Protocolos de actuación.
- Acciones de Formación.
El curso online de prevención del acoso laboral de iLabora Formación es un curso 100% online que se puede iniciar en cualquier momento y facilita el cumplimiento normativo. Se puede ampliar la información y realizar la matriculación online a través del siguiente enlace: